Potestad sancionadora — definición?
Facultad de la Administración para imponer sanciones.
Ius puniendi — ramas?
Penal y administrativa.
Competencia — fuente normativa?
Constitución, leyes y legislación sectorial.
Reserva de ley — alcance?
Limita fijación de sanciones a ley, con alcance relativo.
Tipicidad — alcance?
Solo sancionar conductas descritas en la ley.
Irretroactividad — regla?
No aplicar normas posteriores desfavorables.
Proporcionalidad — principio?
Sanción adecuada, necesaria y no excesiva.
Culpabilidad — requisito?
Dolo o culpa en la conducta sancionada.
Non bis in idem — condición?
Mismo sujeto, hecho y fundamento.
Procedimiento sancionador — fases?
Actuaciones previas, inicio, instrucción, resolución y extinción.
Motivación — en resolución?
Debe fundamentar hechos probados y fundamentos jurídicos.
Ejecutividad — cuándo?
Cuando no cabe recurso ordinario.
Arrepentimiento — efecto?
Puede reducir sanción si hay denuncia y reparación.
Clemencia — condición?
Autodenuncia, colaboración y reparación previa.
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1. ¿Qué expresa mejor la idea de ius puniendi del Estado en el ámbito sancionador?
2. ¿Qué exige la potestad administrativa sancionadora para poder imponerse válidamente?
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