Fundamentos y Clasificación de las Obligaciones Civiles

Trecho da ficha de revisão

Esquema del Curso

  1. Obligaciones civiles y naturales
  2. Clasificación de obligaciones
  3. Obligaciones de dar, hacer, no hacer
  4. Obligaciones principales y accesorias
  5. Obligaciones conjuntas y solidarias
  6. Indivisibilidad de obligaciones
  7. Modalidades y condiciones
  8. Efectos del incumplimiento
  9. Formas de extinción
  10. Transmisión y cesión de obligaciones

1. Obligaciones civiles y naturales

Conceptos clave y definiciones

  • Obligaciones civiles: Son aquellas que el acreedor puede exigir judicialmente, ya que están respaldadas por la coercibilidad (art. 1486, 1487, 1488). Es la regla general y su cumplimiento puede ser demandado por vía judicial.

  • Obligaciones naturales: Son vínculos que, aunque constituyen una obligación, no son coercibles. El acreedor no puede exigir judicialmente su cumplimiento, pero tiene derechos de retención y puede retener lo pagado voluntariamente (art. 1486, 1487, 1488). La principal diferencia con las civiles es la coercibilidad, ya que en las naturales no se puede demandar su cumplimiento por la vía del derecho.

  • Diferencia principal entre obligaciones civiles y naturales: La coercibilidad. Las civiles son coercibles, las naturales no.

Puntos esenciales

  • Las obligaciones civiles nacen con la posibilidad de exigir su cumplimiento judicialmente; las naturales, en cambio, no admiten acción judicial para su cumplimiento, pero generan derechos de retención (solutio retentio).
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Prévia do quiz

1. ¿En qué año fue publicado el Código Civil que consolidó la distinción entre obligaciones civiles y naturales en España?

2. ¿Quién formuló o es acreditado con la clasificación de obligaciones en el derecho civil?

3. ¿Qué representan las obligaciones de dar, hacer y no hacer en el derecho civil?

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Prévia dos flashcards

Obligaciones civiles — definición?

Son exigibles judicialmente, respaldadas por coercibilidad.

Obligaciones naturales — definición?

No son coercibles, solo generan derechos de retención.

Diferencia principal — obligaciones civiles y naturales?

La coercibilidad; las civiles son coercibles, las naturales no.

Obligaciones civiles — ejemplo?

Se puede demandar judicialmente su cumplimiento.

Obligaciones naturales — ejemplo?

No se pueden exigir judicialmente, solo retener voluntariamente.

Clasificación de obligaciones — categorías principales?

Civiles y naturales.

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Perguntas frequentes

O que a ficha de revisão sobre Fundamentos y Clasificación de las Obligaciones Civiles cobre?

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